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Boletin de Citaciones N° 14 Temporada 2018/2019

Este boletín fue publicado el Miércoles, 20 de Febrero de 2019 e incluye los siguientes expedientes emitidos por del Honorable Tribunal de Disciplina.

Jueves, 14 de Febrero de 2019.

Expediente Nº 82

Referencia: Club Atletico Tala Vs Ferro de Concordia

Inculpado/s:

  1. Entrenador del Club Ferro Sr. Blanc, a Lic 759

Causa/s:

  1. Art. 156 g)- Protestare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido, durante el mismo.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Viernes, 15 de Febrero de 2019.

Expediente Nº 83

Referencia: Club Pedro Echague Vs Club Lanus

Inculpado/s:

  1. 1. Club Pedro Echague
  2. 2. Club Pedro Echague
  3. 3. Club Lanus

Causa/s:

  1. 1: Art. 13.6 del Reglamento del Torneo : Señal Luminosa de 24”
  2. 2: Art. 115 a)- Sus simpatizantes, individualmente generaren desordenes que no alteren el normal desarrollo del Encuentro
  3. 3: Art. 115 e)- En las instalaciones deportivas, los integrantes de sus Delegaciones, cometieren actos de incultura.

SUMARIO
Cítese a los inculpados a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Lunes, 18 de Febrero de 2019.

Expediente Nº 84

Referencia: Club Ferrocarril Patagónico VS Cinco Saltos

Inculpado/s:

  1. Jugador Stival M (Lic. 389) del Club Cinco Saltos.

Causa/s:

  1. Art. 157 b)- Agrediere de hecho a un Jugador dentro del Campo de Juego durante un Partido.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Se hace saber al inculpado Stival M (Lic. 389) del Club Cinco Saltos, que deberá cumplir con una fecha de suspensión provisoria conforme lo establece el Artículo 47 del Código de Penas

Viernes, 15 de Febrero de 2019.

Expediente Nº 85

Referencia: Club Deportivo Comercio Vs Club Sarmiento de Formosa

Inculpado/s:

  1. Entrenador del Club Deportivo Comercio Sr. Podskoc Jose (Lic. 595)

Causa/s:

  1. Art. 156 g)- Protestare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido, durante el mismo.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Viernes, 15 de Febrero de 2019.

Expediente Nº 86

Referencia: Club Estudiantes LP Vs Club José Hernández

Inculpado/s:

  1. Club José Hernández

Causa/s:

  1. Art. 117 a)- Sus Asociados y/o Simpatizantes, individualmente produjeren hechos que agravien a las Autoridades de un Partido.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Viernes, 15 de Febrero de 2019.

Expediente Nº 87

Referencia: Club Racing Vs Club Unión Vecinal

Inculpado/s:

  1. Entrenador del Club Unión Vecinal Sr. Navazo Ignacio (Lic. 789)

Causa/s:

  1. Art. 156 g)- Protestare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha, como consecuencia de su actuación en un Partido, durante el mismo.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Viernes, 15 de Febrero de 2019.

Expediente Nº 88

Referencia: Club Santa Paula VS Unión de Sunchales

Inculpado/s:

  1. Jugador Martina L (Lic. 894) del Club Unión de Sunchales

Causa/s:

  1. Art. 157 b)- Agrediere de hecho a un Jugador dentro del Campo de Juego durante un Partido.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).
Se hace saber al inculpado Martina L (Lic. 894) del Club Unión de Sunchales, que deberá cumplir con una fecha de suspensión provisoria conforme lo establece el Artículo 46 del Código de Penas

Domingo, 17 de Febrero de 2019.

Expediente Nº 89

Referencia: Club Atlético Tostado VS Sport Club Cañadense

Inculpado/s:

  1. Intendente de cancha Lamas C. del club Atlético Tostado

Causa/s:

  1. Art. 149 d)- No guardare la debida compostura de acuerdo al cargo que desempeña.

SUMARIO
Cítese al inculpado a prestar descargo en los términos de los artículos 52° y 54° del Código de Procedimientos, bajo apercibimiento de ser decretada la rebeldía conforme lo dispone el art. 36° del Código de Procedimiento del Torneo Federal de Básquetbol. El descargo deberá ser presentado por escrito dentro del plazo de tres días desde la publicación del presente boletín.
El descargo deberá ser enviado desde la casilla oficial de la institución a la casilla del H.T.D. ([email protected]).

Este boletin fue firmado por las siguientes autoridades:

Dr. Carlos Fernando Valdez
Presidente del Honorable Tribunal de Disciplina.
Dr. Alejandro Tonelli
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina.
Cdor. Jorge Heffes
Vocal Suplente del Honorable Tribunal de Disciplina.
Dr. Nicolas Bertsch
Secretario del Honorable Tribunal de Disciplina.

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