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Boletin de Resoluciones N° 8 Temporada 2019/2020

Este boletín fue publicado el Martes, 10 de Diciembre de 2019 e incluye los siguientes expedientes emitidos por del Honorable Tribunal de Disciplina.

Viernes, 29 de Noviembre de 2019.

Expediente Nº 34

Referencia: San Martin de Curuzu Cuatia Vs Sarmiento de Resistencia

Inculpado/s:

  1. Jugador Martin Cequeira (Lic. 345) del club Sarmiento de Resistencia

Causa/s:

  1. Art. 156 g)- Ofendiere, protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha como consecuencia de su actuación en un Partido.

SUMARIO
Atento el informe de las autoridades del encuentro, que el mismo hace plena prueba (Art. 60 CPD) y que no se ha presentado descargo, el Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE:
Aplicar al Jugador Martin Cequeira (Lic. 345) del club Sarmiento de Resistencia la pena de Multa de Dos (2) AJC y las costas de pesos mil ($1000). Dado la forma en que se resuelve en definitiva y considerando que desde que se impuso la fecha de suspensión provisoria y se dicta el presente no se ha jugado ningún partido, se deja sin efecto la misma.

Viernes, 29 de Noviembre de 2019.

Expediente Nº 35

Referencia: Atletico Pilar Vs Zarate Basket

Inculpado/s:

  1. Atletico Pilar

Causa/s:

  1. Art. 115 g) Sus simpatizantes arrojaren objetos al recinto de Juego, sin que con motivo de los mismos se altere el normal desarrollo del Encuentro.

SUMARIO
Que habiéndose recibido el correspondiente descargo, donde se confirma la existencia del hecho aclarándose que se trato de agua, debemos advertir que de la
Visualización del video del encuentro se desprende que dicho elemento puso en riesgo la integridad física de los jugadores, cuestión que debe atenderse. Asimismo recordamos que el informe de las autoridades del encuentro hace plena prueba (Art. 60 CPD), por lo que el Honorable Tribunal de Disciplina RESUELVE:
Aplicar al Club Atlético Pilar la pena de Amonestación y las costas de pesos mil ($1000). Publiquese

Domingo, 01 de Diciembre de 2019.

Expediente Nº 36

Referencia: Club Regatas de Concepción del Uruguay Vs Peñarol de Tala

Inculpado/s:

  1. 1 : Entrenador Martinez D. (N° 333) del Club Peñarol de Tala
  2. 2: Alexis Pitura Preparador Fisico del Club Peñarol de Tala

Causa/s:

  1. 1 : Art. 156 g)- Ofendiere, protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha como consecuencia de su actuación en un Partido después del mismo.
  2. 2 : Art. 156 g)- Ofendiere, protestare, insultare o fuere irrespetuoso con los Jueces en la Cancha como consecuencia de su actuación en un Partido después del mismo.

SUMARIO
Atento el informe de las autoridades del encuentro, que el mismo hace plena prueba (Art. 60 CPD), que el descargo presentado por el inculpado no aporta elementos que lo desvirtúen, si no que por el contrario reconocen la existencia de los hechos informados, pero con expresiones diferentes a la del informe inicial, el Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE:
1. Aplicar al inculpado Martinez Pablo (N° 333) del Club Peñarol de Tala la pena de Multa de Dos (2) AJC y las costas de pesos mil ($1000).
2. Aplicar al inculpado Preparador Fisico Alexis Pitura del Club Peñarol de Tala la pena de Multa de Dos (2) AJC y las costas de pesos mil ($1000). Publiquese

Domingo, 01 de Diciembre de 2019.

Expediente Nº 37

Referencia: Racing Club Vs Pedro Echague

Inculpado/s:

  1. Racing Club

Causa/s:

  1. Art. . 13.6 del Reglamento del Torneo: Funcionamiento defectuoso de seña lumínica del reloj de 24.
    Art. 13.15 del Reglamento del Torneo. Banco de Sustitutos

SUMARIO
Atento a lo manifestado en el descargo, en donde se reconoce la existencia de la falta mencionada en el informe de las autoridades del encuentro comprometiéndose a solucionarlas en lo inmediato y teniendo en cuenta que las mismas no impidieron el normal desarrollo del encuentro el Honorable Tribunal resuelve: Aplicar al Racing Club la pena de Amonestación, exhortándolo a que este tipo de situaciones no se repitan en el futuro. Con costas de pesos mil ($1000). Publíquese

Viernes, 29 de Noviembre de 2019.

Expediente Nº 38

Referencia: Municipalidad de Junín Vs San Juan Basket

Inculpado/s:

  1. Municipalidad de Junín

Causa/s:

  1. Departamento Medico. Art. 1 Presencia del Profesional

SUMARIO
Atento el informe de las autoridades del encuentro, que el mismo hace plena prueba (Art. 60 CPD) y que no se ha presentado descargo, el Honorable Tribunal de Disciplina, Resuelve: Aplicar a al Club Municipalidad de Junín la pena de Amonestación, exhortándolo a que este tipo de situaciones no se repitan en el futuro. Con costas de pesos mil ($1000). Publíquese

Este boletin fue firmado por las siguientes autoridades:

Dr. Carlos Fernando Valdez
Presidente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Alejandro Tonelli
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina
Cdor. Jorge Heffes
Vocal Titular del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Ricardo Nazer
Vocal Suplente del Honorable Tribunal de Disciplina
Dr. Nicolas Bertsch
Secretario del Honorable Tribunal de Disciplina

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